Lunes, 12 Febrero 2024 21:20

Ministerio de Hacienda presenta iniciativa para suscribir prestamos con el CAF

Escrito por Karla Gutiérrez

El director general de Inversión y Crédito Público del Ministerio de Hacienda de El Salvador, Marlon Herrera y la subdirectora de Presupuesto, Michelle Arce, se presentaron ante la Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa, para solicitar préstamos del Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe.

Entre los Financiamientos por parte del Banco de Desarrollo de América Latina y el Cribe (CAF) se encuentran:

  • Suscripción de contrato de préstamo con el Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe (CAF), denominado Programa para el Fortalecimiento de Espacios Públicos para la Sostenibilidad de la Seguridad y la Recuperación del Tejido Social en El Salvador.
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  • Financiamiento con el CAF para el Programa de Mejora Ambiental, Agua Potable y Saneamiento en la Cuenca Alta del Río Lempa y Puerto de La Libertad. Este programa financiará obras en La Libertad, Santa Ana y Chalatenango. Esto viene a complementar las acciones que ya se están ejecutando y garantizar la mejora en la calidad vida de los habitantes mediante intervenciones sostenibles.

Esto incluye la construcción, la rehabilitación y la mejora de las plantas de tratamiento residuales en Santa Ana, Chalatenango y La Libertad, así como una planta de lodos residuales en la potabilizadora Torogoz.

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  • Además la eforma al Decreto Legislativo 823, mediante el cual se autorizó al Ejecutivo emitir títulos valores de crédito hasta por US$500 millones para ser colocados en el mercado nacional, regional o internacional.

Marlon Herrera, director de Inversión y Crédito Público de Hacienda, explicó a los parlamentarios que la propuesta de reforma pretende definir e incorporar condiciones y característica adicionales al decreto ya aprobado con el fin de generar condiciones financieras más atractivas y que propicien una mayor convertibilidad.

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Por ello, se adicionará un artículo en el que se establezca que cuando se trate de colocaciones en el mercado nacional, transcurrido el primer año de su emisión y colocación, el valor facial de estos títulos podrá usarse para el pago de impuestos y obligaciones tributarias hasta en un 50% del total del valor facial de los bonos adquiridos.

El otro 50% se podrá utilizar para la misma finalidad al vencimiento de dichos títulos. Asimismo, cuando se haga uso de los títulos valores de crédito para el pago de los impuestos u otras obligaciones tributarias, los intereses que devenguen estos títulos valores se pagarán a la fecha de redención de los mismos.