Viernes, 18 Febrero 2022 22:03

Comisión Financiera emite dictamen favorable en reformar la Ley Contra la Usura

Escrito por Evelyn Alas

Los diputados de la Comisión Financiera emitieron un dictamen favorable para reformar la Ley Contra la Usura que permitirá desahogar las finanzas de las familias salvadoreñas y evitar los abusos que las instituciones financieras cometen al momento de otorgar sus productos.

Entre las enmiendas a la normativa destaca la prohibición del cobro de intereses sobre intereses, es decir, sobre comisiones. En este caso, la tasa de interés únicamente debe aplicarse al capital que el cliente recibe en concepto de préstamo.

Otra modificación que se ha contemplado es la prohibición de penalidad por pago anticipado de préstamo. Con ello, los usuarios de los servicios financieros podrán cancelar en cualquier fecha previa a la establecida en el contrato el monto mensual acordado o mayor a este. Esto no generará una penalidad en el siguiente cobro.

Asimismo, establecieron segmentos de crédito para la fijación de tasas máximas de interés, ya sea de acreedor supervisado por la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) o no supervisado por esta entidad.

Los legisladores han determinado cuatro categorías, entre ellas, crédito de consumo para personas naturales con orden de descuento o cargo a cuenta, y sin orden de descuento. Además, préstamos otorgados a través de tarjetas de crédito, así como empréstitos para vivienda y empresa.

Lo anterior ayuda a establecer los techos de interés dependiendo del riesgo que supone cada segmento.

Los acreedores supervisados por la SSF son los bancos, sociedades de ahorro y crédito, bancos cooperativos y aseguradoras, en este segmento se encuentran los préstamos con orden de descuento.

Los no supervisados por la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), son vigilados por la Defensoría del Consumidor y entre ellos están las casas de empeño, los prestamistas, las casas comerciales y las fundaciones sin fines de lucro que otorgan créditos sin orden de descuento.

Además, han establecido disposiciones generales para sanciones administrativas, entre estas se detallan la gravedad de la infracción, la capacidad económica del infractor y la duración del cobro de intereses sobre intereses.

También, han otorgado facultades a la Defensoría del Consumidor y a la SSF para la aplicación de sanciones por infracciones a la ley, tales como el cobro de tasas superiores a las legales, el cobro de intereses sobre intereses y la no inscripción en el registro del BCR (que lleva un control de todos los acreedores supervisados y no supervisados) o dar información errónea, inexacta o extemporánea a dicha institución.

Estas faltas a la ley serán penadas con multas desde los 300 hasta los 1,000 salarios mínimos para los acreedores supervisados, y desde los 100 hasta los 500 para los no supervisados. Por daños colectivos se cobrará desde 500 hasta 2,000 salarios mínimos.

El Presidente del BCR, Douglas Rodríguez, asistió a la mesa legislativa para explicar la visión de la institución respecto a las modificaciones para aplicar la Ley Contra la Usura.

“La tasa de interés que se le ofrece a la persona comparada con la tasa efectiva es lo que venimos a exponer acá, al final con comisiones y recargos se elevan más. Es nuestra recomendación revisar las comisiones que se pueden y que no se pueden aplicar para tomar una decisión que beneficie a las mayorías y vaya en pro del desarrollo de la economía”, manifestó el presidente de la entidad.

La tasa de interés simple, de acuerdo a Daniel Deras, del equipo técnico del BCR, es el interés mensual que el cliente paga, la tasa de interés efectiva se refiere a cuánto va a pagar si se suman seguros y comisiones, mientras que la tasa de interés máxima efectiva anual es el consolidado de todos estos cobros de manera anual.

Al comprar, el cliente termina pagando una cantidad mayor al interés ofrecido cuando se agregan las comisiones y recargos.

Entre las recomendaciones brindadas se encuentra el evitar que estas comisiones y seguros pasen a formar parte del capital, porque genera interés sobre interés, aspecto que ha sido retomado en esta primera etapa de reformas.

En este tema, el titular del banco explicó que, por ejemplo, por un crédito de US$2,000, se descuentan US$200 en concepto de comisión por otorgamiento, por lo que el cliente recibe US$1,800, pero los intereses se calculan sobre los US$2,000. Esta es una práctica que las reformas buscan frenar.