La ley, faculta al Estado para imponer sanciones administrativas a las empresas que no cumplan las disposiciones. Las multas van desde los US$500 hasta los US$10 mil.
La ampliación del plazo permitirá a la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas del Ministerio de Economía (MINEC) inspeccionar los establecimientos donde se comercializan combustibles y gas licuado para tomar muestras y realizar pruebas con el objetivo de verificar pesos, medidas y documentación de los productos.
Además, la normativa obliga a los establecimientos a cumplir con la legislación y los reglamentos técnicos nacionales y regionales respetando las especificaciones de calidad, cantidad y seguridad en precios de los derivados del petróleo.